2 nov 2009

Contenidos no autorizados

Constantemente leo noticias sobre medidas de castigo hacia aquellos usuarios de banda ancha que descarguen contenidos no autorizados. O lo que es lo mismo, contenidos protegidos por derechos de autor. Lo que se pretende (lo que pretenden las Entidades de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual, como la $GAE), es que esto se haga de forma automática, sin mediación de un juez, claro. Si ya de por sí el sistema judicial español está colapsado, no quiero ni pensar el impacto de esta medida.

Así, decía, las EGDPI pretenden que, con o sin un sistema previo de avisos, se acabe cortando el acceso a aquellos usuarios que descarguen los contenidos citados. Esto no es sólo una cuestión española. En Europa, iniciativas como algunos puntos del famoso Paquete Telecom pretenden otorgar un marco regulatorio a estas intenciones.

No voy a entrar aquí en si es copia privada, en si hay o no ánimo de lucro, ni en lo que va ya siendo un largo historial de manifestaciones judiciales en contra de la penalización de dichas descargas. Lo que me escama ahora es, cómo pretenden las EGDPI juzgar los contenidos. ¿Por el nombre del fichero? Si yo me bajo una película cuyo fichero se llama "Blancanieves y los Siete Enanitos. DVDRip by Tocomocho.avi" y resulta ser un vídeo casero de una pareja practicando las posturas 34, 65 y 87b del Kama Sutra, ¿me darán un primer aviso? Si me bajo una canción cuyo nombre es "01 - Bisbal - Bulería bulería.mp3" y al escucharlo compruebo con estupor que es una maqueta de un grupo dándose a conocer (bastante malo), publicado bajo Creative Commons, ¿me darán un segundo aviso? Si me bajo un libro en formato electrónico (esos que en realidad no son libros) cuyo fichero responde al nombre "[Danelle Steele] Pasión otoñal.pdf" y al abrirlo descubro que es un trabajo de historia de Bachillerato sobre el arte románico en Murcia, (o sobre el mudéjar en Maastrich, tanto me da), ¿me darán un tercer aviso y me cortarán el ADSL? ¿Están penalizando la descarga, o la mera intención? ¿Crearán entonces instituciones destinadas a cercenar las intenciones antes de llevarlas a cabo? ¿O tal vez crearán una legión de operarios encargados de leer, visionar y escuchar todo aquello que cada día es descargado para detectar cuándo, sea cual sea el nombre del fichero, el contenido está protegido por derechos de autor? Desde luego acabarían con el paro de un plumazo.

Y yo me pregunto: ¿No era la inviolabilidad de las comunicaciones un derecho constitucional según el artículo 18.3, salvo resolución judicial? ¿Lo próximo será que las EGDPI lleguen a un acuerdo con correos para poder abrir mis cartas a su antojo para ver si tal vez, el contenido de las mismas viola algún derecho de propiedad intelectual?

4 comentarios. Deja alguno tú.:

Unknown dijo...

Si te bajas (siquiera buscas) Bulería y Pasión Otoñal mereces que te corten las conexion.. :-P

Nacho dijo...

No te quito razón. Pero no debería ser la SGAE quien la cortase, sino un Comité de Buen Gusto y Salubridad Intelectual, de cuyo consejo sería miembro permanente. :P

Shakti dijo...

¿No falta algo de texto al final del primer párrafo? :?

Nacho dijo...

Sí, es el inconveniente de mi particular (y desordenado) modo de escribir. :P Corregido/completado. Gracias. :)

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