Un agente de la Guardia Civil es una persona cuya palabra tiene carácter probatorio (como la de un policía, un juez, o un notario). Esto significa que en un proceso judicial, su palabra no es un mero testimonio, como el de un periodista, o un camarero, sino una prueba. Esto, como es fácil adivinar, es un gran poder. Y como le dijo el tío Ben a Peter Parker, "un gran poder conlleva una gran responsabilidad". O debería conllevarla... |
Exactamente 4,7 kilómetros más tarde se me acerca el coche de la Guardia Civil y me hacen detener la moto. A unos 100 km/h, se tardan unos 2 minutos y 49 segundos en recorrer esos 4,7 kilómetros. Recuerda este dato: 2 minutos y 49 segundos.
Al detenerme supuse que iban a decirme algo similar a cuando me pararon hace un par de años para decirme que había terminado el adelantamiento y vuelto a mi carril "muy cerca" de las señales de prohibido adelantar. Y claro, como en aquella vez no me dijeron "cuánto de cerca" podía volver a mi carril sin que me parasen... Ah, no creo que tenga nada que ver, pero aquella vez había adelantado (de una forma perfectamente legal) a un coche de la Guardia Civil, aunque parece que no les gustó. Aquello se saldó sin sanción alguna, quizá porque tenían prisa. Pero como me dijo mi abuelo una vez, con ese sabio temor que tienen los viejos a la Guardia Civil, "nunca adelantes a la Guardia Civil, aunque vayan muy despacito". Cómo les mola a los matones que les teman...
Pero esta vez, el agente (sólo se dirige a mí uno de ellos) me indica que me habían parado por hacer un adelantamiento con poco espacio. Yo le señalo que no tenía poco espacio, y que he hecho el adelantamiento de forma perfectamente legal. Que quizá su posición detrás de un voluminoso camión con caja ancha y circulando en sentido contrario ha hecho que tenga una apreciación subjetiva acerca de la maniobra, pero que honestamente no ha sido así. Me dice entonces que si vienen vehículos en sentido contrario, no puedo adelantar y en ese punto me permito indicarle que eso no es así. Que el código de circulación establece que se ha de adelantar con seguridad, tal como yo lo había hecho, en función de las características de la vía, de la velocidad del vehículo al que vamos a adelantar, de la velocidad del tráfico en sentido contrario y de las características del vehículo propio (ya que evidentemente no es lo mismo adelantar conduciendo un trailer de 8 ejes que llevando una moto de 600 cc), pero que en ningún caso se establece que haya que esperar a que no haya coches en sentido contrario. Así, el artículo 84.1 del Reglamento General de circulación establece:
Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplazamiento lateral, el conductor que se proponga adelantar deberá advertirlo con suficiente antelación, con las señales preceptivas y comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento, existe espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen en sentido contrario, teniendo en cuenta la velocidad propia y la de los demás usuarios afectados. En caso contrario deberá abstenerse de efectuarla (artículo 33.1 del texto articulado).Ante estos argumentos tuerce el gesto, me dice que me va a denunciar por conducción temeraria, y me amenaza en el tono más hosco del que es capaz, diciendo "no se busque problemas o le imputo un delito penal". ¿Qué significa esto? ¿Significa que el agente había sido testigo de la comisión por mi parte de un delito penal y estaba haciendo la vista gorda? Esto es muy grave ya que sería una dejación de sus funciones. ¿O significa quizá que me estaba amenazando con imputarme un delito que yo no había cometido, mediante una denuncia falsa? Esto es como poco igual de grave, ya que sería una prevaricación en toda regla. En uno u otro caso significa que el agente de la Guardia Civil estaba mintiendo. Ya sea al Estado en el primer caso, o a mí en el segundo. Y además estaba cometiendo quizá un delito de amenazas, y posiblemente de abuso de poder.
En un momento dado, mientras ellos esperaban junto al coche patrulla, la respuesta por radio a las comprobaciones sobre la situación del vehículo y demás, su compañero le expresa en un aparte, quizá la duda sobre la denuncia, ante mi indignada protesta, y el que se ha dirigido a mí en todo momento le responde en un tono inusualmente alto puede que para que yo le oiga "no te preocupes, si nuestra palabra prevalece".
Cuando finalmente me entregan el boletín de denuncia, el hecho denunciado ya no resulta ser no haber adelantado con espacio suficiente sino que casualmente ahora ha mutado para ser haber adelantado entre los dos vehículos que circulaban en sentidos opuestos. Una barrabasada que, siendo tan irresponsable como parezco ser, podría yo haber evitado adelantado un par de minutos antes, en un tramo prohibido, sí, pero sin tráfico en sentido contrario y sin molestos testigos. ¿Mentía el agente de la Guardia Civil un rato antes al decirme que había yo adelantado sin espacio suficiente? ¿O mentía después al consignar otro hecho distinto en la denuncia del que me había acusado en un primer momento?
Ante mis protestas por la injusticia y arbitrariedad de la denuncia y del hecho denunciado, el agente me dice que tienen la declaración del camionero, al que según ellos habían parado. Esto significa que según su palabra, que tiene presunción de veracidad, en los ¿recuerdas el dato? 2 minutos y 49 segundos que transcurrieron desde la maniobra sancionada hasta mi detención, ellos continuaron su marcha hacia delante, detuvieron al camionero, le tomaron declaración, dieron la vuelta, me dieron alcance. O es eso, o es que quizá los agentes de la Guardia Civil me estaban mintiendo.
No sé si se da uno cuenta de lo que implica que una persona cuya palabra tenga carácter probatorio mienta una vez tras otra. Y no que mienta en un bar, con sus amigos, sino que mienta en acto de servicio. Que mienta cuando viste un uniforme hace que su palabra sea una prueba. Ésto, aparte de un abuso de poder, es una enorme irresponsabilidad por parte del Estado o los organismos del mismo que ponen semejante poder con semejante falta de responsabilidad a una persona que manifiestamente por su actitud no está preparada para llevarlo. ¿Pero por qué un agente de la autoridad, cuya palabra tiene carácter probatorio mentiría tan descaradamente? Quizá porque en su mezquindad y falta de escrúpulos le resulta económica y profesionalmente rentable. (Lee por qué aquí, aquí y aquí)
Ah, ¿el resultado? Una sanción en términos de puntos y en términos económicos. Eso sí, si paso por caja rapidito y sin pensármelo mucho, mi maniobra resultará ser la mitad de peligrosa. Exactamente la mitad. Ah, claro, y el agente C80110P cobrará un extra a fin de mes, y quién sabe si un ascenso. No me dé las gracias, agente. Para eso estamos.
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